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¡Alerta!
NO adquirir productos sin etiquetas
Desde la Asociación Riojana Del Consumidor (A.R.Co.), alertan sobre los productos alimenticios que adquieren los compradores. NO adquirir productos carentes de etiquetas, sin fecha de elaboración o vencimiento, con etiquetas superpuestas o sucias, latas abolladas, oxidadas, frascos con fisuras o tapas flojas.
Las recomendaciones y prevenciones que hay que tomar la hora de adquirir envasados están reguladas en el Código Alimentario Argentino y en diferentes resoluciones que hacen a las condiciones de seguridad e higiene de los alimentos.
Una de ellas, es NO adquirir productos carentes de etiquetas, sin fecha de elaboración o vencimiento, con etiquetas superpuestas o sucias, latas abolladas, oxidadas, frascos con fisuras o tapas flojas. Tenga presente que el código alimentario argentino es muy riguroso con respecto al tipo de envasado de cada producto para evitar su contaminación. Al respecto prevé expresamente que tipo de envase debe contener a cada alimento desde su fabricación hasta el consumo del comprador.
Sólo deben adquirir productos alimenticios rotulados o etiquetados. En cuanto a los datos que la etiqueta obligatoriamente debe tener encontramos los siguientes: número de registro del establecimiento, nacional o provincial (RNE o RPE), número de registro del producto, nacional o provincial (RNPA o RPPA), número de habilitación del establecimiento, nombre y dirección del responsable elaborador, localidad y país de origen, fecha de elaboración o envasado y vencimiento, contenido neto, recomendaciones de conservación, instrucciones de preparación o uso del producto, lista de ingredientes y la Información nutricional.
Respecto a la fecha de vencimiento del producto, ésta debe estar en una parte del envase que no se rompa al abrirlo, teniendo en cuenta cuándo se va consumir el alimento, de decir que los productos no pueden ser consumidos después del día que figura en la fecha de vencimiento.
En caso de que el consumidor detecte alguna irregularidad en los productos que adquirió, que no lo consuma y reclame al vendedor. Si éste no responde satisfactoriamente, pueden hacer la denuncia correspondiente en la Dirección de Bromatología del Municipio donde el damnificado se encuentre y por supuesto, siempre debe acercarse a un profesional para que lo asista en la gestión. No obstante ello, si una persona consumió el producto y tuvo algún inconveniente de salud, queda abierta la vía del resarcimiento por los daños y perjuicios ocasionados.
