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El corte en La Peña Negra, Famatina, La Rioja, el 8/3/07, fue el inicio de la expulsión de la minera Barrick Gold, gesta popular que emuló a Facundo Quiroga quien echó a los ingleses en el Siglo XIX.

Hace tres años el Pueblo echó a la Barrick Gold

El 13/03/07, Ángel Maza, que en la década del 90 impulsó la aprobación de las leyes que rigen la minería a gran escala, fue suspendido como Gobernador de La Rioja por un juicio político en el que se investigaba la cesión de tierras fiscales a un particular sin intervención legislativa, propiciado firmemente por el vicegobernador Luis Beder Herrera.

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El 15 /03/07 La Legislatura de La Rioja aprobó la Ley 8137 que prohíbe en todo el territorio de la Provincia de La Rioja la explotación minera a cielo abierto, con técnicas correspondientes al proceso de lixiviación con cianuro, mercurio y/o cualquier otra sustancia contaminante; la Ley 8138 que convoca, en forma obligatoria, a una Consulta Popular para el día 29/07/07, a los afectos de que el pueblo de los departamentos Chilecito y Famatina, se expidan afirmativa o negativamente por la explotación minera a cielo abierto y la Ley 8139 que crea una Comisión Investigadora con el fin de aclarar todo lo relacionado con el Acuerdo suscripto con fecha 29 de abril de 2005 entre YAMIRI S.A. y la Multinacional Barrick Argentina S.A., mediante el cual se le otorgan derechos exclusivos de exploración y explotación sobre el "Proyecto Famatina" y esclarecer también por qué el Estado transfirió sus derechos mineros de una Sociedad de Economía Mixta a una Sociedad Anónima. El 8/3/07 el pueblo inicia en Peña Negra un corte para evitar el ingreso a la mina con el apoyo del intendente Leiva de Famatina, echando a la Barrick Gold. El 12/04/07 Maza fue destituido.

Asumió la gobernación Herrera quien ganó las elecciones para gobernador el 19/08/07. Herrera, a poco de asumir como gobernador interino, cambió su discurso pasando de opositor a firme impulsor de la explotación minera a cielo abierto. No cumplió con la Ley 8138, hizo anular la Ley 8137 y nada se sabe de lo dispuesto por la Ley 8139. Y quiere llevar adelante el Proyecto Famatina contra viento y marea.

En enero de 2007 disfrutaba de un helado caminando en la Plaza Principal de Chilecito y me detuve a mirar la proyección de un video en el que se veían los detalles de la explotación minera a cielo abierto, las grandes explosiones, la maquinaria empleada, etc. Había también una exposición de cuadros, miré la firma de uno de ellos y al otro día fui a visitar a mi amigo Hermes Quintana. Me enteré por él de lo que estaba pasando en nuestro cerro Famatina. Participé de reuniones en el Salón Parroquial de Chilecito, en el Salón Parroquial de Famatina, con enviados de la Secretaría de Medio Ambiente de La Nación en Famatina, hice un viaje con Quintana y Arana por Villa Unión, Guandacol y Villa Castelli. Pregunté y escuché a muchísimas personas. Estudié todos los antecedentes en nuestro país y en el mundo. Supe que la minería a cielo abierto está prohibida en los países desarrollados y que la Declaración de Berlín recomienda que no se la permita en los países subdesarrollados. Estudié la evolución de nuestra legislación minera hasta la actual que, lamentablemente, regala nuestros recursos no renovables. Decidí integrarme a la Asamblea de Ciudadanos Autoconvocados de Chilecito cuyo objetivo es defender el Famatina, oponiéndome, en las condiciones actuales, a la prospección, exploración y explotación de sus recursos mineros. Participé de los Corte en Patquía en Enero de 2007 y en otras manifestaciones hasta llegar al desfile conmemorativo del 295 aniversario el pasado 19 de febrero en Chilecito.

El 21 de febrero pasado mi amigo Juancito Tello me comentó que el periodista Elady en una emisora de Chilecito, estaba invitando a la radio a los “asambleístas” a responderle algunos temas y que los esperaba hasta las 13 horas. Fui, me presenté como defensor del Famatina y opositor a la explotación minera y pude decir, con total libertad, como corresponde a estos tiempos de democracia, por qué no se debe explotar el Famatina con la tecnología a cielo abierto e indiqué las cosas que deben hacerse.

Me opongo a la explotación minera a cielo abierto por tres razones 1) Porque nos roban nuestros derechos mineros y nuestro derecho a decidir el aprovechamiento de nuestros recursos propios: En el Acuerdo suscripto con fecha 29 de abril de 2005 entre YAMIRI S.A. y la Multinacional Barrick Argentina S.A., se le otorgan a esta multinacional los derechos exclusivos de exploración y explotación sobre el "Proyecto Famatina". No conozco los términos del acuerdo ni se por qué los derechos que nos pertenecen sobre los recursos mineros de nuestra provincia han pasado a manos de Yacimientos Mineros Riojanos Sociedad Anónima (YAMIRI S. A.) quien ha vendido sus acciones en la Bolsa de Toronto en Canadá. 2) Porque se llevarán todo sin dejarnos nada: En 1990 el Ministro Kohan y los Senadores Gioja (San Juan) y Maza (La Rioja), impulsaron junto a Cavallo, la aprobación de las leyes que rigen la minería a gran escala y un Tratado de Integración y Complementación Minera (29/1997) con Chile, donde se autoriza, además, el libre tránsito Chile-Argentina sin control alguno de estas empresas y la exploración y explotación de los recursos mineros y recursos naturales para ello. Pascua Lama es un tercer país sin bandera en la Cordillera: Incentivos Fiscales: Doble devolución de gastos de exploración (Ley 24196): lo deducen del impuesto a las ganancias. Devolución del IVA a la exploración (Ley 25429).

Estabilidad fiscal y cambiaria por 30 años (Ley 26 1196). Amortización acelerada de maquinaria, construcciones, vehículos e infraestructura. (Ley 24196). Exenciones de Aranceles y Tasas Aduaneras. (Ley de Inversiones Mineras Resolución 112/2000)- Deducción por gastos de conservación del Medio Ambiente (Ley de Inv. Min.). Exención de ganancias. Regalías: (Ley de Inv. Min., Ley 25161, art. 22 bis): EL TOPE FIJADO ES 3%. Exención del impuesto a la ganancia mínima presunta. Devolución anticipada y financiamiento del IVA. Gravámenes provinciales y municipales (acuerdo Federal Minero, ley 24228): no se pagan impuestos provinciales, nacionales, ni municipales e impuesto a los sellos. Reembolsos por puertos patagónicos (Ley 23018 y su modificatoria 24490) del 5% de la exportación realizada. Exención de retención a las importaciones. Exención del impuesto al cheque (decreto Nº 613/2001).

No pagan impuesto a los combustible (todos lo pagamos cuando lo cargamos). Transferencias al exterior de capital y ganancias en cualquier momento. No deben liquidar divisas. Están autorizados a no ingresar al país el 100% de lo exportado. Esta Ley fue ratificada por el Decreto de Kirchner Nº 753 del 17/6/2004. 3) Porque son graves las consecuencias de esta actividad minera a cielo abierto. En el agua: Altísimo consumo de agua en los procesos mineros. Agotamiento del recurso en superficie y napas. Arrastre de drenajes ácidos y metales pesados. En el aire: Polvos tóxicos en suspensión. Vapores y emanaciones tóxicas. Ruidos por explosiones y actividad de maquinarias.

En el suelo: Aumento de la erosión. Disminución del rendimiento agrícola y agropecuario. Acumulación de drenajes ácidos. Inutilización del suelo para actividades agropecuarias. En la flora y la fauna: Eliminación y/o reducción de la vegetación. Emigración y mortandad de animales silvestres. Acumulación de metales pesados en animales y vegetales. En los Derechos Humanos. Avasallamiento de los derechos: A vivir en ambientes sanos resguardados para las generaciones futuras. A tener trabajo digno. A decidir el aprovechamiento de los recursos propios. A tener información verídica. A la autodeterminación de los pueblos originarios. En la economía: Expropiación de tierras. Extracción de recursos no renovables. Destrucción de fuentes genuinas de trabajo. Pérdida del valor paisajístico. Desaparición de actividades agropecuarias, agroindustriales y turísticas. Elevado consumo de combustibles fósiles. Pérdida de mercados para comercializar productos orgánicos.

Deterioro de la infraestructura de servicios sin compensación impositiva. Uso de agua sin pago de canon. En la salud: Aumento de patologías respiratorias, intestinales, dermatológicas y reproductivas. Mayor incidencia del cáncer pulmonar, del cáncer de vejiga y de leucemias.

Veamos dos ejemplos.

1) El 16/01/09, el barco Polar Mist (Niebla Polar) naufragó en el estrecho de Magallanes. Iba cargado con unos 474 lingotes, siete toneladas, con un porcentaje aproximado de 10% de oro y 90% de plata con destino a la ciudad de Punta Arenas (Chile) y su posterior traslado a la refinería, en Suiza. El pesquero había partido del puerto santacruceño de Punta Quilla, cercano a San Julián, donde están las minas El oro y la plata de Santa Cruz para el mundo, no para los santacruceños. ¿Cuántos barcos están saliendo de los puertos patagónicos por los que pagamos los argentinos el 5% del valor de su carga? De este nos enteramos porque se hundió.

2) entre 1997 y nuestros días, desde Bajo la Alumbrera, Catamarca, por un mineraloducto hasta Tucumán, desde allí hasta Rosario por tren y desde Rosario al mundo por barco, se llevaron el yacimiento minero más rico del mundo. ¿Qué quedó para los catamarqueños? Menos del 1% de su valor, contaminación, pobreza, muerte, un inmenso pozo, un inmenso dique con agua contaminada que está filtrando, una laguna de recuperación y cuatro pozos de bombeo para evitar que la contaminación llegue hasta La Rioja. ¿Quién pagará el funcionamiento de las bombas cuando, después de llevarse todo, la asesina minera multinacional se vaya?

Es por ello que debemos seguir informando a todos los riojanos sobre las verdaderas consecuencias de esta actividad minera. Los aplausos del pueblo de Chilecito en el desfile del 19 de febrero a los defensores del Famatina demuestran que la comunidad está tomando conciencia sobre los grandes peligros que la amenazan si se sigue adelante con el Proyecto Famatina. Cada ciudadano debe ocuparse de conocer este tema, sin prejuicios ni temores, con un objetivo claro cual es el de defender el futuro de nuestros hijos, la producción agrícola, el desarrollo industrial y el incremento del turismo.

El gobierno riojano debe propiciar la derogación de la legislación minera actual a través de nuestros legisladores nacionales, debe dejar de perseguir a los defensores del Famatina y a sus familias, debe permitir que los alumnos en las Ferias de las Ciencias presenten trabajos sobre minería, debe incluir en los planes de estudio el conocimiento de las tecnologías de explotación minera y las consecuencias de las mismas, debe informar los términos del Acuerdo suscripto con fecha 29 de abril de 2005 entre YAMIRI S.A. y la Multinacional Barrick Argentina S.A. y a quién pertenecen ahora los derechos mineros del pueblo de La Rioja. Y no debe tener miedo de convocar a la Consulta Popular establecida por la incumplida ley 8138. Nuestro pueblo no otorgará la licencia social para esta explotación y robo gringos.

A tres años del corte en la Peña Negra crece y se agiganta nuestro objetivo: EL FAMATINA NO SE TOCA porque es la montaña que nos da la vida.



Jesús Matías Filomeno Ocampo
DNI 4640262
Correo electrónico: jmfocampo@ciudad.com.ar
La Plata, 11 de Marzo de 2010

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  • Publicado por Jesús Matías F. Ocampo (Lector colaborador) el Viernes 12 de Marzo de 2010 a las 16:00 Hs.
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